Me despidieron, sin derecho a liquidación porque mi trabajo era de cubrelibres.
Jorge es un joven de 22 años que se desempeño como oficial de seguridad durante un año, su horario era de 6 de la tarde a 6 de la mañana (nocturno de 12 horas diarias) y un salario que apenas superaba el salario mínimo de ley para un trabajador diurno, su trabajo no era en un puesto fijo si no que rotaba a un puesto de seguridad diferente cada día ya que debía realizar su función el día que la persona que tenia ese puesto fijo, tenia su día libre.
Un día camino a su trabajo habiendo una manifestación que le impedía llegar a tiempo, llamo a su jefe y le informo la situación y que llegaría tarde, en ese momento el jefe le informo que estaba despedido y que no era necesario que se presentara a su puesto.
Días después y haciendo solicitud de sus prestaciones laborales, su jefe le indica que “no tiene derecho a liquidación porque en su puesto de cubrelibres no se paga liquidación”.
Lo anterior es un CLARA VIOLACIÓN A LOS DERECHOS LABORALES, siendo que el despido es a todas luces injustificado ademas, no le dieron su carta de despido como lo establece la actual Ley Laboral Costarricense e independientemente de que su labor sea cubriendo dias libres, tenia todos los elementos de una relación laboral (Horario – Remuneración – Subordinación) es decir tenia que cumplir un horario, por ello le pagaban un salario y recibía ordenes de su jefe.
Algo que destacar en este caso es que a Jorge no le pagaban por todas las horas que laboraba, el estaba laborando el doble de tiempo y le pagaban como si trabajara un horario diurno normal, estaba trabajando 6 horas extras diarias que nunca le pagaron.
Ahora con la ayuda de su abogado a iniciado un proceso para que le paguen todas esas horas y que ademas se le paguen todas las prestaciones que no recibió, siendo estas pre aviso, cesantia, vacaciones y aguinaldo (una suma considerable) que algunos de ellos son derechos irrenunciables.
Desafortunadamente esta es una practica común en algunos patronos y sea cual sea su puesto o trabajo que desempeñe usted tiene derechos que un patrono no puede dejar de cumplirla.
Si a usted lo han despedido y considera que su despido es injustificado y ademas no le pagaron todas sus prestaciones recuerde que tiene hasta un año para hacer el reclamo correspondiente por la via judicial, consulte a su abogado.
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