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La Servidumbre en Costa Rica

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Servidumbre es  un derecho real que limita el dominio de un predio (terreno) denominado fundo sirviente en favor de las necesidades de otro llamado fundo dominante perteneciente a otra persona.

En palabras mas atendibles, un terreno (fundo sirviente) le cede parte de este a otro terreno (fundo dominante) para que por medio de el pueda tenerse acceso, esto porque no puede haber ningun terreno sin alguna salida.

Tipos de Servidumbre.

Servidumbre de paso: Esta es la mas común de las servidumbres y consiste en que el terreno que esta afuera (fundo sirviente) le cede una parte para que el terreno que esta detrás (fundo dominante) pueda tener acceso es asi como hay un callejo o una calle que esta en el terreno sirviente para que las personas propietarias del terreno que esta detras de este puedan pasar.

Servidumbre de aguas: Este tipo de servidumbre lo que da es la posibilidad de que los terrenos que están detrás de este, puedan tener agua por lo que deben permitir que las cañerias pasen por el sea de forma subterranea  o no. Por otro lado instituciones como la empresa de acueductos o la municipalidad en caso de requerirlo también están facultados para constituir servidumbres de este tipo a su favor.

Servidumbres Aéreas: Este otro tipo de servidumbres generalmente son para el paso de electricidad y es así como por medio de un terreno se debe permitir poner postes y tendido eléctrico sea para otros terrenos que están detrás o porque la empresa de electrificación local requiere pasar por ese terreno para llevar electricidad a algún pueblo cercano.

En en el caso de las servidumbres de paso estas se constituyen en favor de un terreno por un plazo de 30 años o hasta el momento que el terreno enclavado tenga otra salida, momento en el cual el fundo sirviente podrá solicitar la cancelación de esta anotación en el Registro Nacional de la Propiedad.

Las servidumbres no impiden que un terreno se pueda vender o donar, pero el nuevo propietario debe estar consiente de esa anotación ya que no se puede negar el acceso que da la servidumbre da derecho a los que se benefician con este.